Entienda el Sistema de Protección a los Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial

El Sistema de Protección a los Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial (SPIIRC) comprende el conjunto de acciones administrativas y unidades operativas a través del cual se hace la política del gobierno de Brasil para la protección de estes pueblos, de acuerdo con las directrices y normas establecidas por la Fundación Nacional del Indio (Funai).

Actualmente realizada por la Coordinación General de Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (CGIIRC) de la Funai y sus unidades descentralizadas – las Frentes de Protección Etno-ambiental (FPE) –, todas las acciones tienen el objetivo final de proteger y promover los derechos de estos pueblos ante las presiones y amenazas que el sistema de explotación de la floresta y de sus recursos naturales impone a sus territorios.

A nivel regional, las Frentes de Protección Etno-ambiental (FPE) son las unidades de campo de referencia para los trabajos de ubicación, monitoreo, vigilancia y protección de los indígenas aislados y en contacto inicial en la Amazonia brasileña – y, en casos específicos, el contacto con grupos aislados.

En la actualidad, hay 12 Frentes de Protección bajo coordinación del CGIIRC. Son ellos: FPE Vale do Javari, FPE Madeira-Purus, FPE Madeirinha-Juruena, FPE Guaporé, FPE Uru-Eu-Wau-Wau, FPE Awa Guajá, FPE Envira, FPE Medio Xingu, FPE Yanomami/Ye’kuana, FPE Cuminapanema , FPE Waimiri-Atroari y FPE de Vigilancia de la Amazonia Legal brasileña.

Esta última, con su base en Brasília, fue establecida en agosto de 2014 y tiene las siguientes funciones:

– Implementar y promover la compilación de informaciones y la sistematización y organización de la base de datos referenciales acerca de indígenas en aislamiento voluntario y de contacto reciente de la CGIIRC.
– Apoyar los Frentes de Protección Étnico-Ambiental en lo que toca la elaboración, la ejecución y la notificación de cuentas de los planes y agendas de trabajo hacia la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento y de contacto reciente.
– Fomentar el diálogo y la transversalidad entre el CGIIRC y los Frentes de Protección Étnico-Ambiental, para el fortalecimiento del Sistema de Protección al Indígena en Aislamiento y Recién-Contactado.
– Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar, junto a los FPE’s, las acciones desarrolladas en nivel local.
– Apoyar la Coordinación de Políticas para Pueblos Indígenas Recién-Contactados en la elaboración de diagnósticos, con el fin de promover y subsidiar las formulaciones de la política para pueblos indígenas recién-contactados.
– Coordinar acciones junto a referencias de pueblos indígenas en aislamiento y recién-contactados ubicadas fuera de las zonas de jurisdicción de los demás Frentes de Protección Étnico-Ambiental.

Su jurisdicción abarca los municipios que están dentro de la Amazonia Legal, donde hay referencias de indígenas en aislamiento y de recién contacto, proporcionando así la transversalidad necesaria con los otros Frentes de Protección Étnico-Ambiental que operan en las mismas regiones.

En la infografía explicativa abajo, comprenda de manera simplificada cómo funciona el Sistema de Protección y cómo se inserta en él los trabajos de los Frentes de Protección.

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Arte gráfico: Mariana Azevedo

Vea el mapa con las áreas de actuación de cada uno de las Frentes de Protección Etnoambiental:

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Los principales actos administrativos relacionados con el Sistema de Protección para los Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial:

  • Portaria Funai nº 1900/87 – Estabelece as Diretrizes para o Departamento de Índios Isolados – DII (substituída pela Portaria Funai nº 281/2000)
  • Portaria Funai nº 1901/87 – Cria o Sistema de Proteção ao Índio Isolado – SPII e aprova competência do Departamento de Índios Isolados (substituída pela Portaria Funai nº 290/2000, que estabelece que a execução da política de localização e proteção de índios isolados seja efetivada pela Frentes de Proteção Etnoambiental, dentre outras providências)
  • Portaria Funai nº 1047/88 – Regulamenta o Sistema de Proteção ao Índio Isolado
  • Portaria Funai nº 277/2000, de 20 de abril de 2000 – Altera a nomenclatura das Frentes de Contato para Frentes de Proteção Etnoambiental
  • Portaria Funai nº 230/2006 – Constitui Comitê de Gestão com a finalidade de apoiar, coordenar e assessorar nas atividades, a nível nacional, pertinentes à localização e proteção dos grupos indígenas isolados e de recente contato
  • Decreto nº 7.778, de 27 de julho de 2012 – Aprova o Estatuto e o Quadro Demonstrativo dos Cargos em Comissão e das Funções Gratificadas da Fundação Nacional do Índio.